Cuota alimentaria: “Un chico no puede en una casa ser un rey y en otra un mendigo”

Foto: La pensión de alimentos es una obligación a la que deben responder padres y madres respecto de sus hijos. Fuente: Télam.

 

La pensión de alimentos es una obligación a la que deben responder padres y madres respecto de sus hijos. Según el nuevo código civil del 2015 hay que financiar la alimentación, la educación, la salud, la vivienda, el vestuario de las personas y los gastos necesarios para adquirir una profesión y oficio.

El propósito del juicio de pensión por alimentos es cubrir las necesidades más inmediatas a través de un proceso expeditivo y no puede ser obstaculizado por ningún otro juicio. Una vez presentada la demanda, en solo 10 días se llama a una audiencia y en ese mismo momento el juez fija el monto de la pensión alimentaria o se establece entre las partes. Esta cantidad varía en cada caso en función del nivel socioeconómico y de ingresos de los responsables.

Para profundizar sobre este tema, desde Portal Universidad nos pusimos en contacto con Clara Obligado, jueza del Juzgado de familia número 5 de Mar del Plata. Respecto de la determinación de la cuota alimentaria expresó: “El parámetro del que se parte para la asignación de cuota alimentaria de padres separados, en primer lugar es el recurso económico. Cuando hablamos de recurso económico nos referimos al que los padres tienen tanto juntos como separados, en cualquier caso el recurso económico es el mismo. En primer lugar es importante analizar qué nivel de ingresos se tiene y la necesidad de ese hijo estará repartida 50% para cada uno de los padres. Sin embargo la composición de la cuota alimentaria no es aritmética o matemática sino que interviene la mano de obra, el hacer y el estar en las tareas de cuidado, la vestimenta, la salud. Es un todo integrado”.

“Esto se debe a que la labor del que cuida es una cuestión económica, porque el que cuida resigna a la vez ese hacer para lograr su propio sustento, fruto de su trabajo. Ese tiempo que dejó de hacer, hoy el Código Civil y Comercial de 2015 también lo contempla. Todo eso está simbolizado en una cuota que puede componerse en dinero y también en especias, es decir la caja de alimento, el pago de la escuela y actividades extracurriculares”, aseguró.

Si bien antes de 2015 se valoraban estos factores, no estaban legalmente tipificados en el código. Sobre este aspecto dijo: “Hoy es ley, todos los jueces tenemos un parámetro igual de valorar todo ese esfuerzo. Es importante valorar esto porque existen muchos casos de progenitores que trabajan medio tiempo y no tienen la satisfacción laboral o económica porque el otro es policía, navega o trabaja en el casino con horarios rotativos y se le hace imposible el cuidado efectivo y regular. Las familias con padres y madres que tienen regímenes laborales rotativos son complejas porque o uno de los padres resigna su profesión o tienen que acudir a cuidadores, niñeras o recurrir a la familia. Y no se trata simplemente de que la familia ayude, hay que contemplar el costo que tiene eso porque cuidar puede ser un ingreso económico”.

Aunque tengan los dos padres distribuido perfectamente el tiempo de cuidado al 50% y los dos se encarguen una semana cada uno es importante analizar las diferencias entre los ingresos. Por más que el cuidado sea simétrico absoluto, el que más ingresos tiene que compensar con su aporte porque no puede el chico en una casa ser un rey y en otra un mendigo. A iguales ingresos, iguales aportes pero si uno tiene 1 millón de pesos por mes de ingresos y otro 100 mil pesos, por más que el cuidado sea compartido el aporte no debe ser igual”, afirmó.

En muchos casos, el conflicto recrudece y uno de los padres toma la determinación de no cumplir con esa obligación. Sobre esta situación, Obligado expresó: “Ahí está el conflicto judicial más importante. Cuando en el fuero de familia fijamos una cuota alimentaria, tenemos que denunciar en primer lugar cuántos ingresos tiene quien no paga para saber qué se reclama. Si tenés un hijo pagas alimentos, punto. Nadie está exento de eso. Después se fijan cuántos ingresos tenés y ahí se paga  la cuota”.

Foto: “Si tenés un hijo pagas alimentos, punto. Nadie está exento de eso”. Fuente: Télam.

“Cuando la cuota no se paga, la ley nos ha marcado a través del nuevo código que los jueces debemos buscar todos los mecanismos posibles y razonables para hacer cumplir esa cuota. Cuando digo razonables estoy hablando de un equilibrio que tenemos que dar desde las costumbres, por ejemplo. Ha habido casos donde se ha impedido a un sujeto ir a ver a su equipo a la cancha hasta que no resuelva su deuda y no comience a cumplir con su cuota alimentaria. También tuvimos casos de personas que no se le ha renovado la licencia de conducir. La idea es no llegar a la instancia de colocar una piedra en el zapato, de generar en el alimentante una situación de presión. Hubo casos de un alimentante que debía un año de cuota alimentaria y se quería ir con su nueva pareja a Europa. En ese caso se pide oficio para que se impida la salida al exterior y ahí en ese momento negociar la deuda”, explicó.

En el mismo sentido agregó que existen otras complejidades en casos de padres que trabajan y residen en el exterior y dijo: “Muchos jóvenes que tienen hijos se van una aventura a probar suerte con el trabajo y es difícil llevar un litigio judicial a otro país donde es complejo cobrar alimentos. En esos casos se da un fenómeno que es el de los abuelos, donde pueden llegar a darse  embargos de pensiones, embargos de jubilaciones. El niño que requiere la cuota tiene que comer, tiene que usar su mochila y en esos casos los abuelos hoy son principales actores, cuidadores y mano de obra. Todo ese hacer, toda la tarea estaba reservada a los padres originalmente, hoy se reparte con los abuelos”.

Cuota alimentaria y empleo no registrado

Uno de los grandes problemas a la hora de cobrar la cuota alimentaria es el fuerte crecimiento del empleo no registrado. Frente a esta situación, la jueza explicó que “el conflicto pasa por conseguir la prueba que requiere el pretendiente de la cuota. Al no estar registrado hay que demostrar cómo vive, cuál es su nivel de vida y gastos. No puedo determinar los ingresos pero si puedo probar que maneja un automóvil, por ejemplo”.

Hubo un caso de una persona que no tenía ningún empleo registrado  pero tenía un auto caro, vivía en un barrio privado y hacía viajes al exterior.

Hubo un caso de una persona que no tenía ningún empleo registrado  pero tenía un auto caro, vivía en un barrio privado y hacía viajes al exterior. Sus argumentos eran que un amigo le prestaba el auto y la casa y los viajes eran regalos de su madre. Ahí lo que se hace es indagar con esa familia y esos amigos, si son amigos para prestarle un auto entonces que le presten para sostener a sus hijos. Es un trabajo de ingeniería que se hace porque quien pretende la cuota no tiene la bola de cristal, no conoce estos datos. Aunque no haya un trabajo regulado lo que se hace es investigar de donde sale la plata que justifica su nivel de vida”, destacó.

Los hijos tienen derecho a ser parte del proceso

Otro aspecto importante es la capacidad que tiene los hijos de hacer valer sus derechos frente a estas negociaciones. Sobre este tema la jueza explicó: “Los hijos, a partir de que tengan la edad y madurez suficientes pueden ser parte en el proceso. Algunos lo toman como que el hijo está litigando contra el padre pero en verdad significa que tiene la posibilidad de reclamar en el proceso y tener su propio abogado. A partir de los 10 años de edad puede pedir audiencia con el juez y reclamar por sus necesidades”.

“Respecto de la administración tenemos la posibilidad de que los hijos que tienen entre 17 y 18 años tengan alguna posibilidad de administración de los alimentos, pero si vos con esa edad vivís en la casa de uno de tus progenitores, esos alimentos cubren también luz, gas cosas de limpieza, necesidades básicas. Entonces no es que tengo 17 y la plata me la dan a mí. Estamos hablando de la administración de un porcentaje que se maneja como mesada. Tenemos casos de los 18 a los 21, porque están en la facultad estudiando todavía y de los 21 a los 25 también se puede exigir eso, por ejemplo en casos de estudiantes de carreras en otra ciudad. Se puede solicitar en esos casos una cuota alimentaria y reclamar el dinero que corresponde”, concluyó.

 

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