Protocolo antipiquetes: “Son anuncios de naturaleza política, lo importante es lo que dicen los Códigos vigentes”
El pasado jueves la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, presentó un nuevo protocolo “antipiquetes” para combatir los cortes de calles y el “desorden” en la vía pública. En una conferencia de prensa declaró sobre la finalidad del mismo: “El propósito de este protocolo es, por un lado, cumplir la Ley, como dice el presidente de la Nación. El que las hace, las paga. Y, por otro lado, cuidar a todos quienes nos cuidan y establecer un protocolo de actuación que proteja en su accionar correcto a las fuerzas federales que están bajo el mando del Ministerio de Seguridad de la Nación en cumplimiento de su deber”.
El nuevo protocolo contra las manifestaciones tiene previsto convocar a las cuatro fuerzas de Seguridad que dependen del Ministerio de Seguridad, la Policía Federal, la Gendarmería, la Prefectura Naval y la Policía de Seguridad Aeroportuaria, para disolver protestas que bloqueen las calles y rutas. “Es muy importante entender que las fuerzas federales van a actuar en las zonas federales y esto llevará a que las fuerzas provinciales deban actuar en las zonas de su competencia, para tener un verdadero trabajo en común y que los argentinos sean liberados de esta situación de permanente extorsión que sufren”, agregó la ministra respecto de la incidencia del protocolo en cada jurisdicción.
Alberto Rodríguez, abogado, periodista y secretario de Comunicación de la Universidad Nacional de Mar del Plata estuvo presente en “Términos y Condiciones”, columna semanal que realiza en el espacio radial Aula Magna, que conduce Martín Kobse para Radio Universidad. En este contexto, se expresó sobre las implicancias legales del protocolo anunciado por Bullrich: “En Términos y Condiciones siempre vamos a la letra chica del derecho. Lo que yo me pregunto es: ¿dónde está la norma jurídica que ampara todo esto? Estos son anuncios de naturaleza política, de una recomendación que ella le puede hacer a su fuerza y el resto del orden jurídico no está comprendido”.
Asimismo, Rodríguez remarcó que la ministra aseguró que se va a actuar según los códigos vigentes. “Entonces es una verdad perogrullo: un funcionario público hace una conferencia para decir que va a cumplir la ley. Hay un nivel de responsabilidad muy grande bajo una pretensión de un andamiaje jurídico que no es tal. No dijo nada fuera de lo que ya existe. Incluso en otros puntos donde avanza el protocolo, como en la cuestión de los decomisos o a quién le va a hacer pagar las cosas está todo tabulado y legislado. Es decir, que todo eso tiene una correspondencia incluso en el ámbito federal y para hacer todo eso no alcanza con un protocolo de una delegada del Ejecutivo”.
Es una verdad perogrullo: un funcionario público hace una conferencia para decir que va a cumplir la ley.
Para llevar adelante lo que propuso la ministra Bullrich, Rodríguez comentó que deberían hacerse modificaciones del Código Penal: “Es una norma constitucional y hay un Congreso de la Nación que tiene el código de procedimientos nacionales, en materia penal tiene regímenes contravencionales en los estados provinciales. Hay un Código Penal. ¿Ella que dijo? Vamos a ver si mandamos una ley para ver qué hacemos con el artículo 194 del Código. Con este nivel de irresponsabilidad no se puede manejar la cosa pública”.
El artículo mencionado establece: “El que, sin crear una situación de peligro común, impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua o aire o los servicios públicos de comunicación, de provisión de agua, de electricidad o de sustancias energéticas, será reprimido con prisión de 3 meses a 2 años. Cuando las conductas previstas en el párrafo anterior hayan sido cometidas por una reunión de personas que peticionan a las autoridades y no hayan ejercido violencia en las personas ni usado armas de fuego, la autoridad competente intimará el cese de las conductas y nombrará una comisión mediadora de tres miembros para que disuadan la protesta o canalicen adecuadamente la petición, Si la comisión mediadora no tiene éxito se intimará por segunda vez el cese de las conductas, y si ella no es obedecida se podrá hacer uso de la fuerza pública para que cese la comisión del delito (…)”.
Si bien definir un protocolo de seguridad está dentro de las facultades de la ministra, los alcances que este pudiera tener son limitados y rigurosos. “Yo insisto en que se puede hacer un protocolo de actuación en el ámbito de la competencia de la jurisdicción federal, aunque está planteado con una impronta que estaría hablando, sin mencionarlo, de la Avenida 9 de Julio donde carece de la competencia. Independientemente de la decisión política no puede haber un uniformado haciendo lo que ella pretende ni aún en la flagrancia, porque no es de su competencia, no es su jurisdicción, esto es elemental”, agregó Rodríguez.
“La verdad que a mí me está preocupando y mucho. Uno no debería hacer más comentarios hasta no ver el Boletín Oficial. Porque es la misma ministra que dijo por tuit cómo se habían acabado las asistencias a los expresidentes en materia de sus custodias y sus manifestaciones pero no pasaron la Secretaría Legal de su gobierno. Por ende, sigue vigente todo lo que está vigente. Hay que ser más responsable”, dijo el abogado.
A su vez, Rodríguez hizo referencia a la imposibilidad de que una ley o protocolo discrimine entre situaciones donde se estorbase el funcionamiento de los transportes, ya sean marchas o cortes por otras situaciones. “¿Qué va a ser cuando sea la peregrinación a Luján? ¿Cuándo termine un recital o un partido de fútbol? Ahí se cortan las calles y el transporte público está entorpecido, ahí aplica el artículo. Si la ley es ley, no se puede seleccionar”.
También se generan dudas a la hora de identificar a los culpables o autores de un corte de la circulación vehicular. “Se ha dispuesto que hay que individualizar a quiénes son los autores. En una marcha de cinco mil personas, ¿va a estar un policía tomando declaración a uno por uno a ver quién es el autor y hacerle una imputación de un delito? ¿o se van a llevar a las cinco mil personas? ¿bajo qué transporte se los van a llevar preso en una flagrancia? Salvo que utilicen los transportes con los que se transportaron hasta el lugar y que todo eso sea reconvertido a medios de transportación de las autoridades federales”, explicó el abogado.
En una marcha de 5 mil personas, ¿va a estar un policía tomando declaración a uno por uno a ver quién es el autor y hacerle una imputación de un delito? ¿o se van a llevar a las 5 mil personas?
Otro artículo que se ve tocado es el 14 bis de la Constitución Nacional, que establece en uno de sus párrafos: “Queda garantizado a los gremios: concertar convenios colectivos de trabajo; recurrir a la conciliación y al arbitraje; el derecho de huelga. Los representantes gremiales gozarán de las garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión sindical y las relacionadas con la estabilidad de su empleo”.
El artículo 75, inciso 22 de la Constitución dicta: “Aprobar o desechar tratados concluidos con las demás naciones y con las organizaciones internacionales y los concordatos con la Santa Sede. Los tratados y concordatos tienen jerarquía superior a las leyes”. Rodríguez hizo énfasis en los pactos que ha firmado Argentina: “Consagra los pactos internacionales sobre los derechos sociales, con una convención de la Organización Internacional del Trabajo que forma parte del núcleo duro de la constitucionalidad en la Argentina. Entonces alguien que ejerce un ministerio se tiene que tomar al menos un tiempo para hablar con el asesor jurídico del ministerio o la Secretaría Legal del Ejecutivo”.
“No es inconstitucional lo que dijo porque no hay una norma que dice que pueda ser inconstitucional un dicho, entonces yo creo que todavía no tiene entidad todo esto”, dijo.
Marcha del 20 de diciembre
Hoy, se cumplen 22 años de la represión ordenada por el gobierno del entonces presidente Fernando De la Rúa, que terminó con 39 muertos y 500 heridos en todo el país. Por la situación actual, y como recordatorio de los hechos se llevará a cabo una marcha, a la que fueron convocados espacios políticos, sindicales, estudiantiles, sociales, de Derechos Humanos y más. “Yo estoy pensando en una cantidad de gente que, para empezar, no puede ir por la vereda porque no entran. ¿Cómo haría una fuerza de seguridad para controlar esto o para disuadir esto?”, preguntó Martín Kobse a Rodríguez.
“Si pensamos en una sociedad en serio, hay niveles de protesta en todo el mundo democrático. ¿Hay intereses en pugna? Claro que los hay. Y claro que eso se debe a la conflictividad social que hace a la vida comunitaria. Pero existen los instrumentos como instancias de diálogo, de negociación, autorizaciones administrativas, prevenciones, de contemplar los derechos que están jugando en pugna. Uno puede estar a favor poco, mucho o nada con la dirección de un plan económico, no estoy acá sentado para hablar de eso. Sí lo que quiere decir es que mínimamente debe haber respeto a las instituciones democráticas, a la República, a la convivencia entre los argentinos en un escenario de extrema debilidad”, dijo Rodríguez y agregó: “En un incendio hay agua o hay nafta. Quien promueve la nafta debe ser responsable de la tormenta que quiere ocasionar. Yo creo que acá, había millones de medidas extremadamente creativas se podrían haber utilizado, pero se hace esto que es una bravuconada sin sentido, una provocación”.
Para concluir, Rodríguez enfatizó en la necesidad de políticas públicas que no desatiendan ninguna de las situaciones: “Es una situación maniquea en el sentido contrario, porque también hay mucha gente, ciudadanos comunes, que están se ven perjudicados por ese desborde cuando van a trabajar o vuelen a sus casas, pero este no es el camino”.
“Volviendo al plano jurídico, acá lo único que dijo es que trataran de cumplir la ley y una suerte de recomendaciones. Pero va a estar en función de los códigos vigentes, entonces lo que hay que preguntarse es qué dicen los códigos. El resto es puro anuncio”, agregó.